Se decreta por esta Asamblea Legislativa que el 9 de agosto de cada año se celebrará en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico el Día para la Concienciación sobre la Contaminación Lumínica en Puerto Rico. La Junta de Calidad Ambiental coordinará, con el apoyo del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales, la Oficina de Gerencia de Permisos, la Administración de Asuntos Energéticos, la Junta de Planificación y cualquier otra instrumentalidad pública relacionada al tema, los esfuerzos educativos necesarios. Entre los propósitos de dicha actividad está el concienciar a los ciudadanos sobre cómo contribuir a la reducción de la contaminación lumínica ambiental en Puerto Rico, las disposiciones de este capítulo y el alcance de su reglamentación, así como alentar la conservación de energía mediante el establecimiento de normas en cuanto al tipo, clase, construcción, instalación, y el uso y manejo de dispositivos eléctricos adecuados para la iluminación exterior, y de sistemas para conservar energía que aseguren la calidad astronómica de nuestro cielo y posibiliten el uso de la obscuridad nocturna como recurso para el turismo sostenible.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Subtítulo 8 - Calidad Ambiental II
Capítulo 503 - Programa para el Control y la Prevención de la Contaminación Lumínica
§ 8033. Día para la Concienciación sobre la Contaminación Lumínica en Puerto Rico
§ 8034. Disposiciones generales
§ 8035. Aprobación por la OGPe