(a) Ser aprobado por el Alcalde o en quien este delegue. Los contratos con agencias públicas serán aprobados por el jefe ejecutivo o en quien este delegue, con sujeción a las disposiciones de ley que le sean de aplicación.
(b) Determinar el costo de la actividad objeto del contrato, la procedencia de los fondos para sufragarla, que podrá ser total o parcialmente con fondos municipales, estatales o federales y la forma, plazos o términos para transferir los fondos a la agencia o municipio, según corresponda.
(c) Especificar los recursos humanos necesarios para llevar a cabo la ejecución o realización de la actividad. Tanto el municipio como las agencias podrán destacar o trasladar temporal o permanentemente el personal necesario para cumplir con lo convenido, sujeto a las disposiciones legales sobre administración de recursos humanos que le sean aplicables, y sin menoscabo de los derechos adquiridos de estos al momento del traslado, ni de los beneficios marginales a que tengan derecho por virtud de cualquier ley, ordenanza, reglamento, convenio colectivo o norma aplicable.
(d) Disponer sobre la propiedad, equipo o cualquier otro similar, si alguno, que se transferirá temporal o permanentemente al municipio o agencia contratada para que realice o ejecute la actividad objeto del contrato y las restricciones y normas para su custodia, conservación, uso y disposición.
(e) Establecer las condiciones generales a que estará sujeta la actividad a realizarse por virtud del contrato, las prestaciones de cada una de las partes y el término de vigencia del contrato.
(f) Determinar el control y el grado de supervisión y fiscalización de la actividad que retendrá la agencia o el municipio contratante, incluyendo lo relativo a la facultad de evaluar, supervisar, examinar y auditar la forma en que el municipio o agencia contratada está realizando lo contratado.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Subtítulo 8 - Código Municipal de Puerto Rico
Parte VI - Planificación y Ordenamiento Territorial
Capítulo 353 - Delegación de Competencias
§ 7891. Relaciones entre el Gobierno Estatal y el municipio
§ 7892. Contratos entre municipios y agencias
§ 7893. Delegación de competencias
§ 7894. Convenios de delegación de competencias
§ 7895. Cláusulas de convenios de delegación de competencias
§ 7896. Propuesta de convenio de delegación de competencias
§ 7897. Aprobación del Gobernador