2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo IV - Disposiciones Aplicables a Planes de Cuentas Rotativas
§ 766a. Divulgación de información material

El emisor de una tarjeta de crédito deberá divulgar, previo a la apertura del plan de cuenta rotativa, en los estados de cuenta mensuales y en todo evento que requiera divulgación, aquella información requerida por la legislación federal conocida como el Truth in Lending Act (15 U.S.C.A. §§ 1601 et seq.) y por el Reglamento Z, adoptado al amparo de la misma, según sean enmendados de tiempo en tiempo.