Se autoriza a todas las agencias de la Rama Ejecutiva, previa autorización de la Oficina de Gerencia y Presupuesto, a las corporaciones públicas y a los municipios, a transferir fondos al Fondo de Artículos de Primera Necesidad para los fines de la ejecución de las secs. 731 a 745 de este título, en relación a cualquier emergencia de las contempladas en este capítulo.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 23 - Planificación y Fomento Público
Parte III - Estabilizacion Economica
Capítulo 53A - Emergencia Complementaria a la Ley Insular de Suministros
§ 751. Artículos de primera necesidad
§ 753. Presentación de querellas
§ 754. Citaciones por violaciones
§ 755. Reclutamiento de antiguos empleados