Se ordena a la Autoridad de Tierras, a la Administración de Terrenos, al Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP), a la Compañía de Fomento Industrial, a la Administración de Servicios Generales y a cualquier otra instrumentalidad pública a transferir al Departamento de la Vivienda, libre de costo, el título de propiedad de los predios de terrenos públicos en los cuales se halle enclavada una vivienda.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 25 - Viviendas Enclavadas en Terrenos Ajenos
§ 752. Transferencia de terrenos públicos
§ 753. Transferencia gratuita de terrenos
§ 754. Concesión del título de propiedad a los ocupantes
§ 755. Administración del programa de venta de solares
§ 756. Concesión de títulos sujeta a condiciones
§ 757. Retención del título por el Secretario
§ 758. Certificación, contenido
§ 759. Precio de venta—Fórmula
§ 759a. Precio de venta—Arrendamiento de solar a la familia ocupante
§ 761. Limitación a una familia