2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 526 - Gestiones en Cuanto a los Bienes de los Hijos
§ 7370. Sanción por administración indebida

Si los progenitores no administran los bienes del hijo con la diligencia debida, pueden perder tal facultad, a petición de parte. La petición puede hacerse por cualquiera de los progenitores, el propio hijo, cualquier pariente o persona interesada en los asuntos de este o el ministerio público.