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Las pensiones serán efectivas a partir del 1 de agosto del 2000.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
2020 Laws of Puerto Rico
Título 3 - Poder Ejecutivo
Capítulo 84 - Programa de Retiro Temprano para la Corporación del Fondo del Seguro del Estado
§ 7032. Definiciones
§ 7033. Anualidad por retiro temprano
§ 7034. Fecha de efectividad de la pensión
§ 7035. Aportación económica
§ 7036. Beneficios
§ 7037. Liquidación de licencias por vacaciones, licencia por enfermedad y otras bonificaciones; pago de deudas
§ 7038. Pensión a cónyuge supérstite e hijos
§ 7039. Efecto de la elección de retiro
§ 7040. Prohibición