Se transfieren a la Administración de Estabilización Económica todas las funciones, poderes y deberes de la anterior Administración General de Suministros y que fueron transferidos al Secretario de Agricultura y Comercio mediante el Plan de Reorganización Núm. 13 de 1950. Dichas funciones, poderes y deberes serán ejercitados por el Administrador de Estabilización Económica de acuerdo con las disposiciones de las secs. 731 a 745 de este título. Las violaciones a las órdenes, reglas y reglamentos dictados por el Administrador de Estabilización Económica serán castigadas en la forma dispuesta en las secs. 731 a 745 de este título.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 23 - Planificación y Fomento Público
Parte III - Estabilizacion Economica
Capítulo 51 - Administración de Estabilización Económica
§ 701. Creación; Administrador y Sub-Administrador
§ 703. Precios máximos para servicios esenciales
§ 704. Triple daño por sobreprecio
§ 705. Oficina de Administración de Inquilinato, suprimida, y sus funciones transferidas