2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 39 - Oficina de Turismo del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio
§ 672d. Programa de Paradores Puertorriqueños—Acción penal

Toda persona que viole cualesquiera de las disposiciones de las secs. 672 a 672d de este título incurrirá en delito menos grave. Cada violación a las disposiciones de dichas secciones constituirá una violación independiente y separada.