Por inexactitud del Registro se entiende todo desacuerdo que en orden a los derechos inscribibles exista entre aquél y la realidad jurídica extraregistral. Para corregir las inexactitudes se rectificarán los asientos de conformidad con este capítulo. En ningún caso la rectificación del Registro perjudicará los derechos legítimamente adquiridos por un tercero que reúna las condiciones fijadas en este subtítulo.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 30 - Ley Hipotecaria y su Reglamento
Subtítulo 6 - Ley del Registro de la Propiedad Inmobiliaria del Estado Libre Asociado de Puerto Rico
Capítulo 314 - Rectificación de los Errores en los Asientos
§ 6351. Inexactitudes en el Registro
§ 6352. Rectificación de errores
§ 6355. Extensión de asiento en folio de otra finca; procedimiento
§ 6356. Subsanación ante la falta de firma del registrador; procedimiento