2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 61A - Programa de Retiro Temprano Voluntario para los Empleados del Banco Gubernamental de Fomento de Puerto Rico
§ 608g. Pago de nuevo beneficio

El BGF, su afiliada, AFI y su subsidiaria AFV serán responsables por el pago de cualquier nuevo beneficio que se conceda por ley a los pensionados acogidos a este Plan de Retiro Temprano.