2020 Laws of Puerto Rico Capítulo 61A - Programa de Retiro Temprano Voluntario para los Empleados del Banco Gubernamental de Fomento de Puerto Rico § 608g. Pago de nuevo beneficio
El BGF, su afiliada, AFI y su subsidiaria AFV serán responsables por el pago de cualquier nuevo beneficio que se conceda por ley a los pensionados acogidos a este Plan de Retiro Temprano.