Toda persona que infrinja las secs. 564 a 574 de este título o alguna sección o disposición de las mismas, o cualquier regla o reglamento promulgado bajo su autoridad, será culpable de delito menos grave y castigada con una multa que no será menor de tres cientos dólares ($300) ni mayor de mil dólares ($1,000), ó cárcel por un período no menor de 30 días ni mayor de 90 días, o ambas penas a discreción del tribunal. En los casos comprendidos dentro de las cláusulas números (17) y (18) del inciso (a) de la sec. 567 de este título, la penalidad consistirá de multa no menor de cien dólares ($100) ni mayor de quinientos dólares ($500), o de cárcel por un término no menor de 30 días ni mayor de 90 días, o ambas penas a discreción del tribunal. En caso de reincidencia se impondrá una multa no menor de quinientos ($500) ni mayor de dos mil dólares ($2,000) o cárcel por un período no menor de 60 días ni mayor de 180 días, o ambas penas a discreción del tribunal.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 33 - Agencias de Empleo
§ 551. Servicio Público de Empleos—Nombre y propósito
§ 552. Servicio Público de Empleos—Aceptación de disposiciones de la Ley Wagner-Peyser
§ 553. Servicio Público de Empleos—Organización administrativa
§ 555. Servicio Público de Empleos—Status del personal
§ 556. Servicio Público de Empleos—Ajuste de sueldo para personal
§ 557. Servicio Público de Empleos—Fondo para la Administración del Servicio de Empleos
§ 558. Servicio Público de Empleos—Fondos garantizados por banco depositario
§ 559. Servicio Público de Empleos—Asignación y pago de dineros del Fondo
§ 560. Servicio Público de Empleos—Responsabilidad del Secretario de Hacienda
§ 561. Servicio Público de Empleos—Reembolso de dinero del Fondo perdido o mal usado
§ 562. Servicio Público de Empleos—Junta Consultora; establecimiento, miembros, propósito, gastos
§ 564. Agencias privadas de empleo—Definiciones
§ 566. Agencias privadas de empleo—Fianza
§ 567. Agencias privadas de empleo—Actos prohibidos al poseedor de licencia; deberes
§ 568. Agencias privadas de empleo—Honorarios cobrados por agencia; aviso; razonabilidad
§ 569. Agencias privadas de empleo—Reglamentación
§ 571. Agencias privadas de empleo—Apelación y revisión
§ 572. Agencias privadas de empleo—Cooperación con agencias federales