Al concurrir dos personas o más en un mismo orden de prelación para el nombramiento de tutor, el tribunal hace la designación a base del interés óptimo del tutelado, a menos que sea conveniente que compartan simultáneamente el cargo.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Subtítulo 6 - Las Relaciones Jurídicas
Parte I - Persona, Animales Domésticos y Domesticados, Bienes y Hechos, Actos y Negocios Jurídicos
Subcapítulo III - Tutela Deferida por la Ley
§ 5681. Nombramiento de tutor al menor; orden de prelación
§ 5682. Opinión del menor de edad
§ 5683. Nombramiento de tutor al incapaz mayor de edad; orden de prelación
§ 5684. Concurrencia en el orden de prelación
§ 5686. Selección entre varios tutores
§ 5687. Ejercicio de la tutela por un solo tutor