2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 27B - Colegio de Opticos de Puerto Rico
§ 546p. Objeción al uso de aportaciones

Los ópticos tendrán el derecho de objetar el uso que el Colegio haga de sus aportaciones para efectuar actividades ideológicas. A tales fines, el Colegio de Opticos estructurará mediante su reglamento el procedimiento a seguir, dentro de los parámetros constitucionales aplicables.