Toda persona que, sin estar autorizada, se apodere, utilice, modifique o altere, en perjuicio del titular de los datos o de un tercero, datos reservados de carácter personal o familiar de otro que se hallen registrados en discos o archivos informáticos o electrónicos, o en cualquier otro tipo de archivo o registro público o privado, será sancionada con pena de reclusión por un término fijo de tres (3) años. Si la persona convicta es una persona jurídica será sancionada con pena de multa hasta diez mil dólares ($10,000).
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Subtítulo 7 - Código Penal de 2012—Parte Especial
Parte I - Delitos Contra la Persona
Capítulo 334 - Delitos Contra los Derechos Civiles
Subcapítulo II - Delitos Contra el Derecho a la Intimidad
§ 5233. Recopilación ilegal de información personal
§ 5234. Grabación ilegal de imágenes
§ 5235. Grabación de comunicaciones por un participante
§ 5238. Alteración y uso de datos personales en archivos
§ 5239. Revelación de comunicaciones y datos personales