Se le asigna al C.R.I.M. anualmente, a partir del 1 de julio de 2015, la cantidad de cuatro millones (4,000,000.00) de dólares para toda la operación y mantenimiento del Catastro de Puerto Rico. La Oficina de Gerencia y Presupuesto junto al C.R.I.M. revisarán cada tres (3) años la cantidad aquí dispuesta, a fin de asegurar que esta cumple con lo necesario para asegurar la operación y mantenimiento del Catastro de Puerto Rico.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Subtítulo 7 - Contribuciones Municipales sobre la Propiedad
Capítulo 246 - Catastro Multifinalitario y Multidisciplinario de la Propiedad
§ 5133. Plano de mensura—Requerido
§ 5134. Plano de mensura—Copia certificada
§ 5135. Certificado catastral—Requerido
§ 5136. Certificado catastral—Vigencia y contenido
§ 5137. Certificado catastral—Devuelta al C.R.I.M.
§ 5138. Desarrollos de urbanizaciones—Plano certificado
§ 5139. Desarrollos de urbanizaciones—Monumentos de control geodésico
§ 5140. Datos catastrales—Consignación
§ 5141. Expedición de copias—Proceso
§ 5142. División de Control Geodésico—Establecimiento
§ 5143. Junta Consultiva Técnica—Creación