2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 246 - Catastro Multifinalitario y Multidisciplinario de la Propiedad
§ 5139. Desarrollos de urbanizaciones—Monumentos de control geodésico

En el caso de desarrollos de urbanizaciones, además de cualquier requisito contenido en este capítulo, será obligación del desarrollador el colocar monumentos de control geodésico, a los propósitos de facilitar los trabajos de mesura que en el futuro allí se hagan. El tipo y cantidad de monumentos de control geodésico será establecido por la Oficina de Agrimensura de Puerto Rico.