El Secretario podrá aplicar cualquier legislación vigente, presente y futura sobre preservación, conservación, administración y manejos de recursos naturales y el ambiente de Puerto Rico. También queda facultado para coordinar todo lo relativo a la legislación de Puerto Rico y/o de los Estados Unidos de América para lograr los propósitos de las secs. 5015 a 5018 de este título. Así mismo, queda facultado para entrar en acuerdos y programas de trabajo con países extranjeros, organizaciones públicas y privadas e individuos extranjeros y locales que propendan a lograr los propósitos de la política pública de Puerto Rico sobre los recursos naturales y el ambiente. Para ello podrá recibir, a nombre del Gobierno de Puerto Rico, fondos, servicios o cualquier otro tipo de ayuda o asistencia en materias a fines a esta legislación.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Subtítulo 6A - Reservas Naturales
§ 5012. Protección y preservación de Monte Santa Ana—Preservación
§ 5013. Protección y preservación de Monte Santa Ana—Actividades permitidas
§ 5014. Protección y preservación de Monte Santa Ana—Derechos adquiridos
§ 5015. Preservación de la Laguna Joyuda de Cabo Rojo—Designación
§ 5018. Preservación de la Laguna Joyuda de Cabo Rojo—Fondos
§ 5020. Ley de la Reserva Natural de las Piedras del Collado—Designación
§ 5021. Ley de la Reserva Natural de las Piedras del Collado—Plan de manejo
§ 5022. Ley de la Reserva Natural de las Piedras del Collado —Aplicación de leyes y reglamentos
§ 5023. Ley de la Reserva Natural de las Piedras del Collado —Facultades del Secretario
§ 5025. Cerro de Las Cuevas del Barrio Guayabal
§ 5026. Isla Desecheo—Reserva marina
§ 5027. Cuevas de Aguas Buenas y Cidra