2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 25 - Colegio de Químicos
§ 501. Deberes del Colegio

(1) Cooperar al mejoramiento de la profesión;
(2) contribuir al adelanto de la química en Puerto Rico y de las artes e industrias relacionadas con ella;
(3) rendir los informes y consultas que el Gobierno le reclame;
(4) defender los derechos e inmunidades de los químicos;
(5) promover relaciones fraternales entre sus miembros, y
(6) sostener una estricta moral profesional entre los asociados.