2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 25 - Colegio de Químicos
§ 498. Cuotas

Cada año los miembros del Colegio pagarán una cuota en la fecha o en los plazos que fije el reglamento, la cual cuota será fijada por disposición de la asamblea anual ordinaria del Colegio de Químicos de Puerto Rico.