2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 1 - Hospitales Generales y de Distrito
§ 48e. Terrenos para construcciones médico-hospitalarias—Ayuda federal

Cuando el usufructuario desee beneficiarse de cualquier tipo de ayuda concedida por el Gobierno de los Estados Unidos, cualquier condición impuesta al usufructuario por disposición expresa de las secs. 48a a 48g de este título o por autoridad de las mismas, quedará sujeta o será modificada, según sea el caso, de acuerdo con lo que se disponga en la legislación y reglamentos federales que autoricen dicha ayuda, todo ello sin perjuicio de lo dispuesto en las secs. 48c y 48d de este título.