(a) Cuando la persona o entidad a quien se le expida la licencia y autorización viole alguna ley o reglamento del Departamento de Agricultura u otra agencia local o federal que regule el producto autorizado.
(b) El Secretario establecerá mediante reglamento cualquier otra razón justa y razonable por la que el Departamento, sus dependencias adscritas o FIDA, entienda que no es conveniente para los mejores intereses del Estado Libre Asociado de Puerto Rico el mantener vigente la Licencia y Autorización de Uso de la Marca “Delpaís” que se está dejando sin efecto.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 108 - Ley para el Uso de la Marca Delpaís
Subcapítulo III - Condiciones para el uso de la Marca “Delpaís”
§ 4761. Uso de la Marca “Delpaís”
§ 4762. Materia prima y valor añadido
§ 4763. Territorio para el que se provee una Licencia y Autorización de Uso de la Marca “Delpaís”
§ 4764. Competencia con productos del solicitante
§ 4768. Libros de contabilidad y otra información
§ 4770. Cancelación del proceso de concesión de licencia y autorización de uso de marca de fábrica