(a) El solicitante mantendrá disponibles, para inspección por parte de FIDA, los libros de contabilidad relacionados con los productos, en los cuales utilizará los principios de contabilidad generalmente aceptados. Además, deberá retener y mantener disponibles para la inspección, los libros de contabilidad para el año en que presentó la solicitud y los cinco (5) años anteriores, en caso que sean requeridos.
(b) El solicitante deberá mantener un registro del volumen bruto de ventas de los productos utilizados para la marca “Delpaís”, para la utilización en los cómputos de la cantidad a pagarse por concepto de regalía.
(c) El solicitante proveerá a FIDA copia de la documentación relacionada con sus compras de material de empaque en el cual utilice la marca “Delpaís”: conduces, facturas, inventarios y toda información relacionada, que mediante reglamentación se establezca.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 108 - Ley para el Uso de la Marca Delpaís
Subcapítulo III - Condiciones para el uso de la Marca “Delpaís”
§ 4761. Uso de la Marca “Delpaís”
§ 4762. Materia prima y valor añadido
§ 4763. Territorio para el que se provee una Licencia y Autorización de Uso de la Marca “Delpaís”
§ 4764. Competencia con productos del solicitante
§ 4768. Libros de contabilidad y otra información
§ 4770. Cancelación del proceso de concesión de licencia y autorización de uso de marca de fábrica