El solicitante podrá mercadear y vender otros productos que compitan con aquel para el cual se le conceda la licencia. No obstante, se comprometerá a que el producto que elaborará, fabricará y distribuirá bajo la licencia siempre será de igual o mayor calidad a la de cualquier otro producto suyo que compita con el mismo. También deberá cumplir con las leyes y reglamentos que dispone la Secretaría Auxiliar de Integridad Agro Comercial del Departamento de Agricultura.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 108 - Ley para el Uso de la Marca Delpaís
Subcapítulo III - Condiciones para el uso de la Marca “Delpaís”
§ 4761. Uso de la Marca “Delpaís”
§ 4762. Materia prima y valor añadido
§ 4763. Territorio para el que se provee una Licencia y Autorización de Uso de la Marca “Delpaís”
§ 4764. Competencia con productos del solicitante
§ 4768. Libros de contabilidad y otra información
§ 4770. Cancelación del proceso de concesión de licencia y autorización de uso de marca de fábrica