2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 225A - Centro de Excavaciones y Demoliciones
§ 4631f. Notificación de cambio

Si el excavador o demoledor desea cambiar la fecha u hora del inicio de la excavación o demolición, éste deberá notificar al Centro de Coordinación de Excavaciones y Demoliciones, que habrá de notificar a los operadores de los cambios presentados, así como la nueva fecha y hora de la excavación o demolición, si lo hubiera indicado el excavador o demoledor. En el caso que el excavador o demoledor excediera de los términos dispuestos en este capítulo para comenzar su excavación o demolición múltiple o continua, éste vendrá obligado a cumplir con los requisitos dispuestos en la sec. 4631e de este título, con excepción de lo dispuesto en el inciso (j) de la sec. 4631c de este título.