Un documento en forma correcta, que pretenda ser una carta de porte, póliza o certificado de seguro, certificado de pesaje o inspección, factura consular, o cualquier otro documento autorizado o requerido por el contrato a emitirse por un tercero, será evidencia prima facie de su propia autenticidad y genuinidad y de los hechos expresados en el documento por el tercero.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 19 - Instrumentos Negociables
Subtítulo 2 - Transacciones Comerciales
Capítulo 41 - Disposiciones Especiales
Subcapítulo II - Definiciones y Principios Generales de Interpretación
§ 452. Evidencia prima facie por documentos de terceros
§ 454. Tiempo; tiempo razonable; “oportunamente”
§ 455. Curso de las negociaciones y usos del comercio
§ 456. Propiedad localizada en Puerto Rico y regida por sus leyes
§ 457. Cumplimiento o aceptación bajo reserva de derechos
§ 458. Opción para acelerar cumplimiento a voluntad de parte