2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 158 - Ley para la Atención de los Estudiantes con Diabetes Tipo 1 y Tipo 2 en las Instituciones Escolares Públicas y Privadas de Puerto Rico
§ 3916. Obligación de los padres, tutores o encargados

Será obligación de los padres, tutores o encargados, notificar a la institución escolar sobre la condición de diabetes del estudiante y cumplir con sus obligaciones conforme están establecidas en este capítulo. La institución escolar no incurrirá en incumplimiento con las disposiciones de este capítulo en los casos donde los padres, tutores o encargados no cumplan con sus obligaciones bajo esta legislación.