Las tarifas y primas cargadas sobre las pólizas de seguro a las cuales aplica este capítulo incluirán aquella porción que sea suficiente para recobrar una cantidad igual a las sumas que el asegurador miembro pague a la Asociación, menos cualesquiera sumas que la Asociación devuelva al asegurador miembro y tales tarifas no se considerarán excesivas porque contengan una cantidad razonablemente calculada para recobrar las derramas que pague el asegurador miembro.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Subtítulo 1 - Seguros en General
Capítulo 38 - Asociación de Garantía de Seguros Misceláneos
§ 3807. Asociación—Junta de Directores
§ 3808. Asociación—Poderes y deberes
§ 3809. Asociación—Plan de operaciones
§ 3810. Asociación—Comisionado; deberes y poderes
§ 3811. Asociación—Reclamaciones pagadas; efecto
§ 3812. Asociación—[Duplicación] de recobros
§ 3813. Asociación—Prevención de insolvencia
§ 3815. Asociación—Exención contributiva