Se crea el Cuerpo de Emergencias Médicas del Estado Libre Asociado de Puerto Rico adscrito al Departamento de Salud, con autonomía fiscal y administrativa. El Cuerpo de Emergencias Médicas de Puerto Rico será responsable de garantizarle a los ciudadanos en general un servicio de óptima calidad cuando de forma no prevista la condición de salud de éstos necesite un cuidado médico pre hospitalario y transporte a una facilidad médico-hospitalaria adecuada o primeros auxilios para preservar su salud o disminuir un daño o incapacidad permanente que pueda surgir como consecuencia de una enfermedad o accidente.