2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 17 - Colegio de Cirujanos Menores o Practicantes
§ 349. Cuota

Cada año los miembros del Colegio de Cirujanos Menores o Practicantes de Puerto Rico pagarán una cuota de seis dólares ($6) en la fecha y en los plazos que fije el reglamento, por disposición del cual podrá aumentarse aquélla siempre que no exceda de quince dólares ($15).