(a) Hacer cumplir las leyes de Puerto Rico y las órdenes ejecutivas emitidas durante una declaración de emergencia o desastre;
 (b) Investigar la comisión de delito;
 (c) Denunciar;
 (d) Arrestar;
 (e) Diligenciar órdenes de los tribunales; y
 (f) Poseer y portar armas de fuego.