(a) Hacer cumplir las leyes de Puerto Rico y las órdenes ejecutivas emitidas durante una declaración de emergencia o desastre;
(b) Investigar la comisión de delito;
(c) Denunciar;
(d) Arrestar;
(e) Diligenciar órdenes de los tribunales; y
(f) Poseer y portar armas de fuego.