2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo A. Regulación de las Disposiciones Relacionadas a Especialistas en Planillas, Declaraciones o Reclamaciones de Reintegro (§§ 33301 — 33306)
§ 33305. Sanciones de carácter penal

(a) Incurrirá en delito menos grave todo especialista que divulgue o utilice, en violación a lo dispuesto en este Código, la información que reciba en el ejercicio de sus funciones, y toda persona dedicada al negocio de preparar o proveer servicios relacionados con la preparación de planillas o declaraciones que:
(1) Divulgue o de a conocer cualquier información que haya sido suministrada para, o en relación con, la preparación de cualquier planilla, o declaración, formulario de reclamación de reintegro, o
(2) utilice dicha información para cualquier propósito que no sea el de preparar, o ayudar en la preparación de cualquier planilla, declaración o formulario de reclamación de reintegro.
(3) Excepciones.—
(A) Este inciso no aplicará si la información es divulgada:
(i) De acuerdo a las estipulaciones del Código, o
(ii) de acuerdo a una orden de un tribunal.
(B) Este inciso no aplicará a la divulgación con el propósito de preparar o ayudar a preparar la planilla, declaración, formulario de reclamación de reintegro o declaración de estimada de la persona a quien pertenece la información.
(b) Toda persona que ejerza como especialista sin estar inscrito en el Registro que se establece en este capítulo, incurrirá en delito menos grave.