Se delega al Secretario de Justicia de Puerto Rico la facultad de aprobar y enmendar los reglamentos necesarios para cumplir con la inmediata implantación de las secs. 32 a 32h de este título, incluyendo, si dicho Secretario lo estimara aplicable, la enmienda del Reglamento General para la Ejecución de la “Ley Hipotecaria” y del Registro de la Propiedad. Dicho Departamento deberá adoptar por reglamento, carta circular u orden administrativa, los criterios que toda entidad gubernamental deberá aplicar para asegurar que se ponen en vigor las disposiciones de las secs. 32 a 32h de este título a aquellos usos, desarrollos o fines consistentes con los propósitos de las mismas.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Parte I - Tierras en General; Minas
Capítulo 1 - Venta o Arrendamiento de Terrenos Públicos
§ 2. Enajenación de bienes inmuebles—Entre instrumentalidades públicas o autoridades
§ 5. Enajenación de bienes inmuebles—Facultades para disponer de los bienes no serán afectadas
§ 15. Venta o arrendamiento de terrenos públicos ocupados y usufructuados por particulares
§ 18. Arrendamiento de playas para fines de recreo y facilidades turísticas
§ 19. Arrendamiento de playas para fines de recreo y facilidades turísticas—Reglamentación
§ 20. Arrendamiento de parques y otros sitios de recreo públicos—Autorización y excepción
§ 21. Arrendamiento de parques y otros sitios de recreo públicos—Otorgamiento de contratos; precio
§ 22. Uso gratis de parques y otros sitios de recreo para actividades deportivas, etc.; condiciones
§ 23. Venta de terrenos en fajas verdes—Autorización
§ 24. Venta de terrenos en fajas verdes—Dimensiones
§ 25. Venta de terrenos en fajas verdes—Precio; términos
§ 32a. Uso de propiedades inmuebles del Estado para proyectos de energía renovable—Acuerdos
§ 32e. Uso de propiedades inmuebles del Estado para proyectos de energía renovable—Aplicabilidad
§ 32f. Uso de propiedades inmuebles del Estado para proyectos de energía renovable—Reglamentos
§ 32h. Uso de propiedades inmuebles del Estado para proyectos de energía renovable—Separabilidad