(a) El Secretario podrá negarse a expedir permiso para operar una planta industrial o un almacén de adeudo público a personas naturales que:
(1) Hayan sido convictas de delito grave en Puerto Rico, Estados Unidos o en cualquier país extranjero;
(2) hayan sido convictas de delito menos grave por infracción a este Código, al Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 1994, según enmendado o cualquier ley contributiva anterior, o
(3) hayan declarado falsamente u ocultado información requerida para la obtención de dicho permiso, y por cualquier otra causa justa y razonable.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 13 - Contribuciones y Finanzas
Subtítulo 17 - Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico
Parte VI - Impuestos Sobre Bebidas Alcohólicas
Capítulo 1053 - Producción, Importación e Introducción De Espíritus y Bebidas Alcohólicas
Subcapítulo A. Plantas Industriales (§§ 32471 — 32484)
§ 32471. Inscripción de plantas
§ 32474. Denegatoria a permitir destilerías a cien (100) metros o menos de plantas industriales
§ 32479. Documentos relacionados a las operaciones
§ 32480. Informe de la producción
§ 32481. Alcohol desnaturalizado
§ 32482. Control de plantas industriales
§ 32484. Instalación de tuberías, válvulas y otros artefactos