(a) La cantidad de impuesto a pagar bajo esta parte se determinará como sigue:
(1) Declaración de importación y planilla mensual de impuesto sobre importaciones.— Se multiplicará el valor de los artículos introducidos, según reflejado en la factura comercial, por la tasa aplicable del impuesto.
(2) Planilla mensual de impuesto de valor añadido.— Se multiplicará el precio de venta de los bienes vendidos y servicios prestados por la tasa aplicable del impuesto. El resultado de ese cómputo se aumentará o se reducirá por los ajustes y el crédito indicados, respectivamente, en las secs. 32241 y 32242 de este título, según corresponda, y por los sobrepagos disponibles. El resultado reflejará si el comerciante debe remitirle al Secretario una cantidad de impuesto de valor añadido o si tiene un sobrepago.
(3) Para fines del cómputo indicado en la cláusula (2) anterior, el precio de venta de los bienes vendidos y servicios prestados no se reducirá por cualquier devolución de bienes vendidos o por reclamación alguna con relación a los servicios prestados.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 13 - Contribuciones y Finanzas
Subtítulo 17 - Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico
Parte V-A - Impuesto de Valor Añadido
Capítulo 1050C - Tiempo y Forma de Pago
§ 32231. Método de contabilidad
§ 32233. Cantidad a pagar o pagada en exceso
§ 32234. Persona responsible de remitir el impuesto de valor añadido
§ 32235. Pago del impuesto de valor añadido calculado conjuntamente con precio de venta