Siempre que a su juicio fuere necesario para la debida administración de este subtítulo, el Secretario podrá exigir de cualquier persona, mediante notificación al efecto, que rinda un estado de situación financiera que incluya todos sus activos y pasivos, con los detalles y en la forma que exigiere el Secretario y a la fecha que el Secretario especificare, sin que en ningún caso la referida fecha pueda anteceder por más de cinco (5) años a la fecha de la notificación.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 13 - Contribuciones y Finanzas
Subtítulo 17 - Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico
Parte III - Caudales Relictos y Donaciones
Capítulo 1025 - Planillas, Pago de la Contribución, Procedimiento y Administración
Subcapítulo E. Disposiciones Misceláneas (§§ 31171 — 31176)
§ 31171. Otorgamiento de documentos de transferencia
§ 31172. Inclusión de bienes en el caudal relicto cuando no se hubiere rendido planilla
§ 31173. Declaración de activo y pasivo