2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 31 - Tribunal General de Justicia
§ 307. Consejo Judicial—Miembros

Por la presente se crea un Consejo Judicial compuesto de los siguientes nueve miembros: El Juez Presidente del Tribunal Supremo y un Juez Asociado de dicho Tribunal, quien será designado por el Juez Presidente, el Secretario de Justicia, un Juez del Tribunal de Primera Instancia designado por el Secretario de Justicia, los Presidentes de las Comisiones Jurídico Civil y Jurídico Penal del Senado, los Presidentes de las Comisiones Jurídico Civil y Jurídico Penal de la Cámara de Representantes y el Presidente del Colegio de Abogados de Puerto Rico; Disponiéndose, que el Oficial Jurídico del Juez Presidente del Tribunal Supremo será el Secretario Ejecutivo del Consejo Judicial.