2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 15 - Sistema de Riego de Isabela
§ 306. Contribución sobre los terrenos incluidos en el distrito de regadío

(a) Para mejoras permanentes de las fincas.
(b) Para la compra de abono, semilla, ganado o implementos agrícolas.
(c) Para la cancelación de hipotecas o el pago de deudas contraídas para fines agrícolas; y tuvieran por objeto el permitir a los terratenientes del distrito de riego el aprovecharse hasta donde fuere posible de las ventajas que el sistema de riego ofrece a ellos; entendiéndose que tal gravamen no deberá ser mayor de cien (100) dólares por cuerda de principal.