(a) Los solicitantes a licencia de ópticos mediante examen deberán llenar los siguientes requisitos mínimos:
(1) Ser mayor de edad y haber residido ininterrumpidamente en Puerto Rico por un término de seis (6) meses inmediatamente antes de hacer la solicitud, excluyendo salidas esporádicas del país con fines médicos, de negocios, de estudios o de placer. Además, el aspirante deberá radicar ante la Junta un certificado reciente de antecedentes penales.
(2) Diploma de grado asociado en ciencias ópticas obtenido en una escuela o colegio reconocido por el Consejo de Educación de Puerto Rico o de una escuela que cuando se otorgó el diploma estuviese reconocida por la ciudad o estado de la misma o que haya practicado la óptica en Puerto Rico por tres (3) años con anterioridad al 31 de diciembre de 1968. No se admitirán diplomas de ópticos obtenidos mediante estudios por correspondencia.
(3) Llenará, además, el solicitante, las formas suministradas por la Junta para acreditar, bajo juramento, la entidad genuina de los diplomas y títulos que posee. Los exámenes de reválida se efectuarán por escrito en inglés o español a elección del aspirante y cubrirá las materias pertinentes que decida la Junta. Además, se someterá a cada candidato a un examen práctico consistente en el manejo de aparatos e instrumentos empleados en la óptica.