Con sujeción a las condiciones establecidas en las secs. 265 a 270 de este título, los terrenos que se incluyan en el distrito adicional de riego, gozarán del derecho de aprovechamiento de las aguas del sistema de riego que por la presente se asignan a dichos terrenos, con los mismos privilegios, obligaciones y limitaciones que corresponden a los terrenos incluidos en el distrito de riego existente bajo lo dispuesto por la sec. 256 de este título, siendo, por tanto, aplicable dicha sec. 256 de este título, al distrito adicional de riego, en cuanto no sea incompatible con las disposiciones de las secs. 265 a 270 de este título.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 13 - Sistema de Riego para la Costa Sur de Puerto Rico
§ 251. Localización; asignación
§ 253. Conservación y administración; reglamentación; reclamaciones transigidas
§ 254. Venta de excedente de agua
§ 255. Entrada a y expropiación de bienes
§ 259. Uso de sobrante en el Fondo
§ 260d. Asignación para cubrir diferencia
§ 260e. Comité; creación y facultades
§ 260g. Relación de terrenos incluidos
§ 261. Parte proporcional de las cuotas; subdivisión de predios
§ 262. Cantidad de agua a fijarse
§ 265. Distrito adicional de riego
§ 266. Distrito adicional de riego—Incorporación al distrito original
§ 267. Distrito adicional de riego—Cantidad de agua a fijarse
§ 268. Distrito adicional de riego—Derecho de aprovechamiento de las aguas
§ 270. Distrito adicional de riego—Ingresos depositados en el Fondo; pago de gastos
§ 271. Contribución especial sobre otros terrenos que se provean de agua—Imposición
§ 272. Contribución especial sobre otros terrenos que se provean de agua—Cómputo y cobro
§ 273. Venta o arrendamiento de agua de filtraciones
§ 274. Derecho de retracto del Estado Libre Asociado al venderse terrenos en regadío—Establecimiento
§ 275. Derecho de retracto del Estado Libre Asociado al venderse terrenos en regadío—Término