2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo IIII - Cannabis Para Propósitos Medicinales
§ 2623d. Identificación para pacientes de cannabis medicinal

Para poder entrar a un dispensario, tener posesión del cannabis y utilizar cannabis para fines médicos una vez sea recomendado por un médico autorizado, se requerirá que un paciente residente obtenga y tenga en su posesión la identificación con foto emitida por la Junta. Del mismo modo, el acompañante autorizado deberá tener la identificación consigo para entrar a un dispensario y siempre que tenga en su posesión cannabis medicinal. La identificación deberá ser renovada cada año. El paciente no residente deberá tener consigo la identificación de la jurisdicción que corresponda para entrar a un dispensario y cuando tenga cannabis en su posesión.