(a) Agencia.— Significa cualquier junta, cuerpo, tribunal examinador, corporación, corporación pública, comisión, oficina independiente, división, administración, negociado, departamento, autoridad, funcionario, persona, entidad o cualquier instrumentalidad del Estado Libre Asociado de Puerto Rico u organismo administrativo autorizado por ley a llevar a cabo funciones de reglamentar, investigar o que pueda emitir una decisión, o con facultades para expedir licencias, certificados, permisos, concesiones, acreditaciones, privilegios, franquicias, acusar o adjudicar, excepto:
(1) El Senado y la Cámara de Representantes de la Asamblea Legislativa.
(2) La Rama Judicial.
(3) La Oficina Propia del Gobernador.
(4) La Guardia Nacional de Puerto Rico.
(5) Los gobiernos municipales o sus entidades o corporaciones.
(6) El Negociado de Conciliación y Arbitraje del Departamento de Trabajo y Recursos Humanos.
(b) Reglamentación.— Significa el procedimiento seguido por una agencia para la formulación, adopción, enmienda o derogación de una regla o reglamentación de aplicación general.
(c) Organización pequeña.— Significa cualquier entidad relacionada o que trabaje con pequeños negocios.
(d) Negocio pequeño.— Significa entidad con quince (15) empleados o menos, incluyendo a los agricultores bonafide.
(e) Agricultor bonafide.— Significa toda persona natural o jurídica que posea legalmente una finca, cuyo negocio cuente con quince (15) empleados o menos, y que la dedique a la agricultura en general incluyendo todas sus ramificaciones como la ganadería, avicultura, apicultura, frutos menores, horticultura, acuacultura, pesca y demás que tenga una certificación vigente expedida por el Secretario de Agricultura y que derive el cincuenta por ciento (50%) o más de su ingreso bruto de un negocio agrícola como operador, dueño o arrendatario.
(f) Panel de Revisión Reglamentaria.— Significa panel compuesto por empleados atiempo completo de la agencia concernida y el Procurador de Pequeños Negocios.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 76 - Flexibilidad Administrativa y Reglamentaria para el Pequeño Negocio
§ 2252. Definición y ámbito de la política pública
§ 2253. Publicación de reglamentos
§ 2254. Análisis de flexibilidad administrativa
§ 2257. Preparación del análisis
§ 2258. Procedimiento para recoger comentarios