Será deber del Secretario del Senado y del Secretario de la Cámara de Representantes supervisar la revisión, clasificación, ordenación y publicación en inglés y español de la recodificación científicamente anotada de los códigos y leyes vigentes en Puerto Rico, realizados por empresa editorial contratado para estos propósitos conforme a la sec. 225 de este título, incluyendo las anotaciones de las Decisiones del Tribunal Supremo de Puerto Rico. El Secretario del Senado y Secretario de la Cámara de Representantes establecerán el procedimiento adecuado para llevar a cabo los propósitos de esta sección.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 13 - Revisión y Codificación de Leyes
§ 223. Preparación de recodificación anotada
§ 226. Leyes de Puerto Rico Anotadas; suplementos; citas; evidencia prima facie de la ley
§ 228. Distribución a la Sociedad para Asistencia Legal
§ 229. Revisión del Código de Comercio de 1932; Comisión Codificadora