2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo II - Estructura de Gobernanza del Bosque Modelo
§ 219a. Facultades de la Mesa Multisectorial del Bosque Modelo

(a) Colaborar con la Oficina del Bosque Modelo, creada en este capítulo, en la redacción de los documentos para el desarrollo del Bosque Modelo de Puerto Rico incluyendo, pero sin limitarse, al documento de visión, estrategia y objetivos del Bosque Modelo inspirado en los principios internacionales de los bosques modelo y adaptado a la realidad y diversidad existente en los treinta y un (31) municipios que están dentro de la delimitación del Bosque Modelo, así como de la necesidad de fomentar el empleo e incentivar la economía del País; un Plan de Trabajo Anual; y un Plan Estratégico Regional para el Bosque Modelo. Sin que constituya una limitación, el Plan Estratégico incluirá lo siguiente:
(1) Las metas y objetivos estratégicos con sus respectivos indicadores, y las actividades estratégicas necesarias para lograr las metas y objetivos.
(2) Las proyecciones financieras y económicas para las actividades identificadas.
(3) Un análisis de las fortalezas y limitaciones internas y las condiciones externas que influyen a favor o en contra de alcanzar las metas y objetivos estratégicos.
(4) Las actividades y recursos necesarios para superar las limitaciones y asegurar el éxito para la conservación del Bosque Modelo.
(b) Crear junto a la Oficina del Bosque Modelo comités de trabajo conjuntos en temas específicos asociados al desarrollo sustentable del Bosque Modelo. Estos Comités deberán ser apoyados con asistencia técnica por la Oficina del Bosque Modelo para la implementación de distintos programas y proyectos.
(c) Recomendar al Gobernador candidatos para los nombramientos de los representantes del interés público a la Junta de Gobierno de la Oficina del Bosque Modelo.
(d) Recomendar a la Junta de Directores de la Oficina del Bosque Modelo candidatos a ser considerados para el puesto de Director Ejecutivo de la Oficina.
(e) Recibir y evaluar un informe anual de parte de la Oficina del Bosque Modelo y del Fideicomiso del Bosque Modelo.
(f) Solicitar a las agencias públicas, por conducto de la Oficina del Bosque Modelo, informes de trabajo de proyectos o programas en el Bosque Modelo.
(g) Adoptar reglamentos internos para su operación y organización, inclusive para la incorporación de nuevos miembros, elección de directivas, frecuencia de reuniones, formación de comités de trabajo o diálogo, administrar recursos y otros fines, según determine la propia Mesa.