Todo fabricante o manufacturero extenderá la garantía de fábrica a todo vehículo de motor nuevo inscrito en Puerto Rico, independientemente del lugar donde y la persona de quien el consumidor lo adquirió.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Subtítulo 3 - Reglamentación de los Negocios
Capítulo 203 - Garantías de Vehículos de Motor
§ 2054. Aplicación; prueba acreditativa de ofrecer garantías; revisión periódica
§ 2055. Extensión de garantía a todo vehículo nuevo
§ 2057. Requisitos para los fabricantes y manufactureros
§ 2059. Distribuidores independientes, desventaja competitiva
§ 2060. Defectos, responsabilidad por daños
§ 2061. Obligación de prestar servicios
§ 2062. Responsabilidades y obligaciones legales