(1) Los titulares, incluyendo al desarrollador de una propiedad dedicada a un plan de propiedad vacacional consistente de derechos vacacionales de naturaleza real mediante una mayoría del cincuenta y un por ciento (51%) del poder de votación de todos los titulares, podrán terminar el plan y requerir del Registrador de la Propiedad:
(a) La reagrupación o fusión de las fincas filiales correspondientes a la finca matriz de cada derecho de propiedad vacacional; y
(b) la reagrupación o fusión de los alojamientos (fincas) filiales en la finca matriz.
(2) A la expiración del término por el cual el plan de propiedad vacacional fue constituido, el plan terminará automáticamente y el desarrollador y los titulares tendrán en la totalidad de la propiedad mueble e inmueble que en el momento pertenezca al plan de propiedad vacacional una participación equivalente a la proporción que sus respectivas participaciones guarden, en el momento de dicha expiración, en el total de todas las participaciones en la misma; y cualquier gravamen sobre cualquier derecho de propiedad vacacional se convertirá en un gravamen sobre el interés común proindiviso sobre la totalidad de la propiedad mueble e inmueble correspondiente al titular anterior del derecho de propiedad vacacional, sujeto al gravamen. En tal caso el desarrollador o cualquier titular podrá requerir del Registrador de la Propiedad:
(a) La reagrupación o fusión de las fincas filiales correspondientes a cada finca matriz de un derecho de propiedad vacacional; y
(b) la reagrupación o fusión de los alojamientos (fincas) filiales en la finca matriz de acuerdo con las disposiciones del párrafo precedente de esta sección; y
(c) la inscripción de las correspondientes participaciones comunes pro-indivisas resultantes sobre la propiedad anteriormente dedicada al plan.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Subtítulo 2 - Bienes, Propiedad y sus Modificaciones
Capítulo 193 - Ley de Propiedad Vacacional de Puerto Rico
§ 1902a. Efecto de la dedicación al plan de propiedad vacacional
§ 1902b. Efecto de la inscripción del acuerdo de subordinación
§ 1902d. Alojamiento en construcción
§ 1902g. Derecho del titular de propiedad vacacional y su participación en las instalaciones
§ 1902h. Las instalaciones de la propiedad objeto del plan de propiedad vacacional
§ 1902j. Indivisión de las instalaciones
§ 1902k. Reglas que gobiernan el uso de las instalaciones y los alojamientos
§ 1902l. Acuerdos con respecto al mantenimiento y uso de las instalaciones
§ 1902m. Contenido de las escrituras de dedicación
§ 1902n. Contenido de las escrituras de traspaso de derechos vacacionales de naturaleza real
§ 1902r. Circunstancias específicas en relación con la inscripción en la finca matriz
§ 1902u. Declaración en escritura pública de terminación de obras; inscripción
§ 1902v. Transmisiones o gravámenes
§ 1902w. Tracto sucesivo, inscripción de parte proporcional en las instalaciones es innecesaria
§ 1903a. Contenido del reglamento; modificación del sistema; inscripción
§ 1903d. Obligación de los titulares por el pago de los gastos comunes; gravamen
§ 1903e. Validez de los documentos del plan de propiedad vacacional