Las instalaciones de la propiedad objeto del plan de propiedad vacacional, salvo por lo dispuesto en el inciso (2) de la sec. 1902m de este título, deberán ser descritas en la escritura dedicando la propiedad al régimen de propiedad vacacional, según la misma pueda ser de tiempo en tiempo enmendada o suplementada de conformidad con las disposiciones de este capítulo.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Subtítulo 2 - Bienes, Propiedad y sus Modificaciones
Capítulo 193 - Ley de Propiedad Vacacional de Puerto Rico
§ 1902a. Efecto de la dedicación al plan de propiedad vacacional
§ 1902b. Efecto de la inscripción del acuerdo de subordinación
§ 1902d. Alojamiento en construcción
§ 1902g. Derecho del titular de propiedad vacacional y su participación en las instalaciones
§ 1902h. Las instalaciones de la propiedad objeto del plan de propiedad vacacional
§ 1902j. Indivisión de las instalaciones
§ 1902k. Reglas que gobiernan el uso de las instalaciones y los alojamientos
§ 1902l. Acuerdos con respecto al mantenimiento y uso de las instalaciones
§ 1902m. Contenido de las escrituras de dedicación
§ 1902n. Contenido de las escrituras de traspaso de derechos vacacionales de naturaleza real
§ 1902r. Circunstancias específicas en relación con la inscripción en la finca matriz
§ 1902u. Declaración en escritura pública de terminación de obras; inscripción
§ 1902v. Transmisiones o gravámenes
§ 1902w. Tracto sucesivo, inscripción de parte proporcional en las instalaciones es innecesaria
§ 1903a. Contenido del reglamento; modificación del sistema; inscripción
§ 1903d. Obligación de los titulares por el pago de los gastos comunes; gravamen
§ 1903e. Validez de los documentos del plan de propiedad vacacional