Será deber del Secretario de Justicia de Puerto Rico, jueces, fiscales y otros funcionarios de las cortes de Puerto Rico y de los miembros de las fuerzas policíacas del Estado Libre Asociado de Puerto Rico cooperar en hacer efectiva la vigencia y observancia de las secs. 13 a 18 de este título. Si cualquier miembro de las fuerzas policíacas, márshal, submárshal, fiscal, o juez, tuviere conocimiento o información de cualquier violación de las disposiciones de dichas secciones, diligentemente investigará y procurará evidencia de tal violación, y ante la autoridad competente jurará la correspondiente denuncia en contra de las personas que cometieron la violación.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 1 - El Estado Libre Asociado
Capítulo 1 - Poderes del Gobierno en General; Ciudadanía; Domicilio; Derechos del Pueblo
§ 1. Poderes del gobierno en general
§ 3. Reversión de la propiedad al Estado Libre Asociado
§ 4. Adquisición de la propiedad por contribuciones
§ 5. Adquisición de la propiedad para uso público
§ 6. Remoción de usurpadores de terrenos baldíos o no concedidos; posesión adversa
§ 10. Registros, allanamientos e incautaciones
§ 12. Reunión pacífica; solicitudes para reparar agravios
§ 15. Derecho civiles—Cancelación del arrendamiento, cesión, concesión o contrato
§ 16. Derechos civiles—Cooperación de funcionarios públicos
§ 17. Derechos civiles—Revocación de la franquicia o licencia por la Comisión de Servicio Público