Siempre que un consumidor lo solicitare por escrito, el Negociado de Pesas y Medidas podrá inspeccionar y comprobar cualquier contador de gas, electricidad o agua instalado o puesto al servicio, cuando se demuestre que dicho contador ha registrado, sin causa aparente para ello, un exceso de gasto de veinticinco por ciento (25%) o más sobre el gasto normal mensual, representado por el promedio de los seis (6) últimos meses.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Subtítulo 1 - Reglamentación de los Negocios en General
§ 155. Unidades de medida de gas y electricidad—Sistema reconocido
§ 156. Unidades de medida de gas y electricidad—Unidad de medida para gas
§ 158. Unidades de medida de gas y electricidad—Contrastación periódica de contadores
§ 159. Unidades de medida de gas y electricidad—Inspección por registro excesivo
§ 160. Unidades de medida de gas y electricidad—Servicio de inspección; reglamentación
§ 161. Unidades de medida de gas y electricidad—Nombramiento de personal
§ 162. Unidades de medida de gas y electricidad—Penalidades
§ 163. Unidades de medida de gas y electricidad—Asignación
§ 164. Rótulos sobre pintura—Definición
§ 165. Rótulos sobre pintura—Información exigida en el rótulo