(a) Coordinar con el Consejo Multisectorial la implantación, administración y fiscalización de la política pública establecida en este capítulo;
(b) readoptar el sello oficial del Programa;
(c) realizar un acuerdo colaborativo para la implantación del Programa, con una organización sin fines de lucro;
(d) coordinar con el Registro Demográfico el establecimiento del mecanismo adecuado, de carácter voluntario, para la inscripción de los niños y niñas participantes del Programa;
(e) adoptar el procedimiento a seguir para la entrega de los libros a cada niño y niña elegible;
(f) facilitar con otras agencias públicas o entidades privadas los estudios, el monitoreo y la fiscalización que determinen la efectividad del Programa;
(g) coordinar, supervisar y evaluar el Programa;
(h) realizar las inspecciones necesarias para determinar que las entidades públicas y privadas estén cumpliendo o hayan cumplido con los propósitos de este capítulo y la reglamentación aplicable;
(i) recibir y administrar los recursos del Fondo, según dispuesto en este capítulo; y
(j) formular, adoptar, enmendar y derogar reglas y reglamentos operacionales para regir las actividades del Programa, entre otros.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 8 - Bienestar Público e Instituciones Caritativas
Capítulo 49 - Programa Lee y Sueña
§ 1465. Componentes del Programa Lee y Sueña®
§ 1468. Gerente del Programa Lee y Sueña®: requisitos de nombramiento, deberes y responsabilidades
§ 1470. Organización sin fines de lucro: responsabilidades con el Programa Lee y Sueña®